ATENCIÓN CONTRIBUYENTES
La Oficina del Recaudador de Impuestos se complace en ofrecer la solicitud de plan de pago a plazos a través del Internet. Si usted desea pagar los impuestos sobre la propiedad del año 2008 por el método de plan de pago a plazos, y desea pagar usando el Internet, por favor complete y remita esta solicitud antes del 1ro de Mayo de 2008.
Para solicitar el plan de pago a plazos para sus propiedades de bienes raíces o tangibles, proceda a nuestra página de búsqueda de impuestos presionando en el botón de abajo. Por favor tenga en cuenta, que cuando esté viendo la información de impuestos a la propiedad solo parcelas que califiquen tendrán el botón de solicitud de plan de pagos activado. Si el botón de plan de pagos no esta activado, o si usted tiene alguna pregunta por favor comuníquese con nuestra oficina al(813) 635-5200.
Si usted desea pagar los impuestos sobre la propiedad del año 2008 por el método de plan de pago a plazos, y desea emitir la solicitud de plan de pago a plazos por el correo postal, presione aquí para imprimir una copia de la aplicación. Por favor complete y remita esta solicitud a la oficina del Recaudador de Impuestos antes del 1ro de Mayo de 2008.
Si la solicitud es aprobada, usted recibirá una carta de confirmación dentro de dos semanas. Si usted no recibe una carta de confirmación dentro de las dos semanas de haberla remitido, comuníquese con nuestra oficina al (813) 635-5200.
La ley de la Florida requiere que el estimado de sus impuestos sea sobre $100.00 por
factura de impuestos para poder participar en el plan de
pago a plazos. Si sus impuestos calculados para el 2008 son $100.00 o
menos, usted no califica para este plan. Una vez que usted haya elegido
participar en el plan de pago a plazos después de haber pagado la primera
cuota a tiempo usted es requerido que continúe su participación por el
resto de ese año fiscal. La renovación anual es
automática siempre y cuando haga el pago de Junio cada año. Si elige descontinuar su participación, no tendrá
derecho a recibir los descuentos previstos por ley. Pagos a plazo que estén
atrasados deben ser pagados en su totalidad con el siguiente pago.
Cualquier cantidad que no haya pagado antes del primero de Abril, se considerada
un pago atrasado.
--Doug Belden, Hillsborough County Tax Collector.
| Plan de Pago A Plazo | |
|
El contribuyente que elige el método de pagar a plazos, paga basado en un impuesto estimado igual a del año anterior. |
|
| Primera Cuota: |
Si el pago de una cuarta parte del impuesto total estimado se recibe en Junio, obtiene un descuento del 6%. Pagos recibidos durante el mes de Julio no tendrán descuento y tendrán una penalidad del 5%. |
| Segunda Cuota: |
Si el pago de una cuarta parte del impuesto total estimado se recibe en el mes de Septiembre, recibe un descuento del 4.5%. Pagos recibidos después del 30 de Septiembre no recibirán descuento. |
| Tercera Cuota: |
Si el pago de una cuarta parte del impuesto total estimado, mas la mitad o menos la mitad de cualquier reajuste a la cantidad de impuestos reales se recibe antes de 31 de Diciembre, recibe un descuento del 3%. Pagos recibidos después del 31 de Diciembre no recibirán descuento. |
| Cuarta Cuota: |
El pago de la ultima cuarta parte del impuesto total estimado, mas la otra mitad o menos la otra mitad de cualquier reajuste a la cantidad de impuestos reales debe hacerse antes del 31 de Marzo. |
Pagos a plazo que estén atrasados deben ser cancelados en su totalidad con el siguiente pago. Cualquier cantidad que no haya pagado antes del primero de Abril, es considerada un pago atrasado.
| Actualizado en 11/15/2007 |